El territorio de la República de Paraguay comprende 17 Departamentos y una Ciudad Capital (Asunción). Cada Departamento elige un Gobernador y una Junta Departamental de un numero variable de miembros (desde 7 hasta 21) en función de la población del departamento.
La Junta Departamental dura cinco años en sus funciones y sus miembros son elegidos, con sistema proporcional por listas cerradas y bloqueadas, por el voto directo de los ciudadanos radicados en el Departamento, en comicios coincidentes con las elecciones generales. Los escaños se distribuyen a través del Sistema D'Hondt.
Para ser electo miembro de la Junta Departamental hay que tener la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido 25 años. Los miembros de las Juntas Departamentales pueden ser reelectos.
La Junta Departamental es el órgano deliberante y normativo del Departamento, las decisiones se tomán por simple mayoría de votos.
Las funciones de los miembros de la junta Departamental son:
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional;
- Administrar los recursos que le fueron asignados en el Presupuesto del Gobierno Departamental. Designar a sus funcionarios y empleados conforme a las previsiones presupuestarias y el reglamento interno correspondiente;
- Dictar resoluciones y acuerdos, como asimismo formular declaraciones, conforme con sus facultades;
- Aprobar, modificar o rechazar el Plan de Desarrollo del Departamento y el Presupuesto Departamental, remitido a su consideración por el Gobernador;
- Requerir del Gobernador las informaciones que considere pertinentes;
- Establecer, a propuesta del Gobernador y por mayoría absoluta de votos, las tarifas y precios de los servicios públicos prestados por el Gobierno Departamental;
- Aprobar o rechazar los Convenios de Cooperación firmados por el Gobernador;
- Aprobar o rechazar la adjudicación de licitaciones y concursos de precios para la contratación de obras y servicios públicos departamentales;